La Cámara Alta ha aprobado un proyecto de ley promovido por el kirchnerismo, mediante el cual el oficialismo sostiene que se podría recuperar parte de las sumas fugadas bajo el gobierno de Mauricio Macri, en el marco de las maniobras que rodearon el acuerdo que firmó con el FMI. Alejandro Olmos Gaona, experto en los procesos de endeudamiento del país, no sólo niega que el proyecto pueda conseguir los resultados que dice buscar sino que sostiene, en cambio, que su efecto puede ser opuesto al que proclaman perseguir los senadores de los dos bloques que responden a Cristina Fernández.
Por Alejandro Olmos Gaona/
Hace días el Senado aprobó por 37 votos un proyecto de los senadores José Mayans, Anabel Fernandez Sagasti, Oscar Parrilli, Juliana Di Tullio, Claudio Doñate y otros, para la creación del denominado “Fondo Nacional para la Cancelación de la Deuda con el Fondo Monetario Internacional”. El proyecto establece una serie de aportes que deberán pagar aquellas personas que tengan activos externos en el país o en el exterior, y no los hayan declarado.
Las declaraciones de los senadores nombrados y la vocinglería de muchos «militantes», sumada a las infaltables opiniones de los periodistas obsecuentes de medios bien pagados, han contribuido a presntar el asunto de manera que parezca que la deuda con el FMI la van a pagar los que la fugaron, como si cobrando multas se pudieran recuperar los U$S 44 mil millones, cuyo pago ya fue acordado con fondos públicos por parte del gobierno que encabeza el Dr. Alberto Fernández, que se deben al FMI.
Primero que nada, hay que decir que tratándose de un impuesto la Cámara de origen debiera haber sido la de Diputados, tal como lo establece el artículo 52 de la Constitución Nacional, pero se ve que estas cuestiones constitucionales no les importan demasiado a los senadores, que las han soslayado sin haber presentado objeciones serias que justificaran que el Proyecto no comenzara a ser tratado en la Cámara baja.
Como sabían que el proyecto en Diputados iba a fracasar de entrada, se aseguraron de que por lo menos hubiera un poco de ruido, que la iniciativa fuera materia de discusión en los medios que difunden las voces de los muchos “expertos” que pasan por las reuniones de Comisión siempre dispuestos a colaborar con cualquier disparate que se le ocurra al gobierno o a ciertos senadores, ahora artificialmente divididos para poder sumar un representante más al Consejo de la Magistratura.
Más allá de que existen serios elementos de juicio que demuestran que hubo una descomunal fuga de capitales, demostrarlo exige una auditoría que pruebe que efectivamente esas sumas de dinero se fugaron en su totalidad. Los simples cálculos numéricos no demuestran nada, ni tampoco las publicaciones periodísticas que registran la compra de dólares por parte de importantes empresas. Nada de eso implica ni siquiera una semiplena prueba. Incriminar a alguien por evasión requiere de una solvencia probatoria que no se puede nutrir únicamente de discursos políticos y materiales periodísticos.
Pero lo más grave es que este proyecto, aún cuando fuera probada la fuga de capitales, parece redactado para favorecer efectivamente a los que se llevaron la plata imponiéndoles multas exiguas, que seguramente pagarían con gusto en caso de que la AFIP determinara, mediante una investigación rigurosa, que evadieron tales considerables sumas.
En el proyecto se establece un aporte del 20 % por impuestos dejados de ingresar al Fisco antes de que se reciba una intimación del organismo recaudador, y el artículo 10 establece la posibilidad de una presentación espontánea dentro de los seis meses de entrada en vigencia la ley.
También se establece que con posterioridad a los seis meses e iniciada la fiscalización por la AFIP, el aporte se elevará al 35% del monto evadido, y en otros casos al 50% de lo no declarado. Tales tributos han sido magnificados como si los referidos aportes, en realidad impuestos, fueran la solución a la fuga, y permitieran recuperar al Estado tributos que hubiera correspondido pagar en caso de que tales activos hubieran sido declarados.
Insólitamente, el artículo 25 de esta ley establece que en toda contratación de deuda debe solicitarse la opinión de la Comisión Bicameral de Control y Seguimiento de la Gestión de la Deuda Pública y del Banco Central de la República Argentina. Excepto el añadido de una consulta a una Comisión que nunca siguió ni controló nada durante la gestión de Macri, la necesidad de consultar al Banco Central ya está establecida en el artículo 61 de la Ley 24.156: esta repetición es una muestra más de la inconsistencia del proyecto aprobado por los senadores, que introducen como novedad algo ya establecido por una ley vigente.
Ahora bien, digo que el proyecto favorece a los fugadores por la sencilla razón de que existe una ley de la Nación deliberadamente ignorada por los senadores, que está vigente y que impone sanciones muy contundentes en materia tributaria y penal, que son considerablemente mayores a las contenidas en el proyecto aprobado en el Senado.
En efecto, la ley 27,430 establece sanciones para todos aquellos que no hayan declarado activos que van desde dos a seis veces el importe de lo que correspondiere tributar. Además, impone la suspensión de las actividades de los que evadieren, la prohibición de participar en concursos y licitaciones y la pérdida de beneficios estatales, todo esto respecto a las acciones civiles.
En lo que hace a las acciones penales, fija penas de dos a seis años a los que incurrieran en evasión simple, y de tres a nueve años a los que estuvieren incursos en evasión fiscal agravada. Es decir que la ley 27.430 impone penas de prisión y multas altísimas a todos aquellos que actuaran en fraude a la ley, evadiendo el pago de lo que en derecho les correspondía.
Esta ley ha sido dejada de lado, arrumbada en el archivo de normas que son sistemáticamente ignoradas por los grandes grupos económicos, que siempre tienen recursos para burlar toda disposición que les impida acrecentar ilícitamente sus patrimonios. Y ahora los senadores afirman haber descubierto un mecanismo para conseguir que los fugadores paguen algo de lo que se llevaron, y lo han dado a conocer con el acompañamiento estrepitoso y mediático del periodismo militante que ignora la ley 27430 vigente, pero se deslumbra ante cualquier artificio novedoso que supuestamente pudiera servir para pagar la deuda con el FMI.
En verdad, el proyecto de los senadores es simplemente uno de los tantos fuegos de artificio que se lanzan para mostrar que algo se hace para recuperar supuestos fondos mal habidos, por lo menos a través de un impuesto, un aporte o como se quiera llamar, para afrontar el pago de una estafa como es la deuda con el FMI contraída por el gobierno de Mauricio Macri. Pero lo cierto es que, de aprobarse esta ley, los fugadores podrán liberarse de penas de prisión y multas enormes con un ínfimo aporte que estarán encantados de pagar.
Una vez más en esta Argentina al margen de la ley se pretende legislar para beneficiar a algunos, y para ocultarlo se sobreactúa, como si se estuviera defendiendo el patrimonio público cuando en realidad se está favoreciendo a aquellos que lo han defraudado.
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